miércoles, 16 de septiembre de 2015

Ministerio de Justicia

Ministerio de Justicia, Departamento o Unidad Competente
Nosotros no estamos solicitando información, estamos solicitando auxilio y amparo acorde a la ley y a la Constitución española.
Estamos pidiendo que anulen la flagrante mentira del notario y las actuaciones judiciales que devienen de ello para evitar el desahucio fraudulento de nuestra casa y único medio de vida. Estamos pidiendo que actúen en contra del expolio de nuestro patrimonio sin justa causa.
Los datos del notario y de la actuación que se refiere falsa están perfectamente identificados en el documento adjuntado a la http://cartabiertaministeriojusticia.blogspot.com.es, en tal documento, que es de domino público aparecen perfectamente identificados los autores de las aberraciones que estamos sufriendo y a menos de 15 días de un desahucio nulo de pleno derecho, nadie lo ha anulado aun, siendo que es manifiesta su falsedad y ha sido denunciado en tantos procedimientos como aparecen en la relación descrita de forma pormenorizada, que le remito en adjunto primero actualizado a su fecha porque ahora hay más (escrito enviado el 17 de junio de 2014 a la Dirección General de los Registros y del Notariado Expediente: Ref: 420/14-N), a fin de que pueda proceder a su inspección y reparación definitiva, porque el Ministerio de Justicia es el máximo competente para resolver sobre lo que se plantea y acordar la acción  de nulidad y anulabilidad pertinentes a nuestra legítima defensa.
Hemos manifestado el porqué de nuestro desacuerdo en el blog http://enmipropiadefensa.blogspot.com.es y hemos conseguido más de dos cientos de firmas de personas que apoyan nuestra suplica y que aprovecho la ocasión para entregarle como adjunto segundo. https://www.change.org/p/ministerio-de-justicia-y-gobierno-de-españa-anulen-la-flagrante-mentira-del-notario-y-las-actuaciones-judiciales-que-devienen-de-ello-para-evitar-el-desahucio-fraudulento-de-nuestra-casa
Otrosí digo Primero: Procédase a la suspensión cautelar del desahucio a fin de que el trámite de su reparación no pierda su finalidad, antes del 30 de septiembre de 2015 a las 10 horas.
Otrosí digo Segundo: Líbrese mandamiento de los autos de su razón en los procedimientos mencionados en el escrito adjunto primero y presente adjunto tercero (Escrito enviado el 12 de agosto de 2015 a la Sala de Gobierno del TSJ Aragón Secretaría de Gobierno. Expte: 293/2015lo que justifica por qué nos dirigimos al Ministerio.
Por ser de justicia que pido, Abel Jesús Samitier Lacoma y Yaneisy Oliver.
En Aragón, a 15 de septiembre de 2015. 
Ver en comentarios nueva actualización. 

1 comentario:

  1. Hoy hemos recibido una carta que se expidió desde el 21 de agosto sin más datos porque estaba en mi buzón de correos sin certificar. En ella se nos notifica que el fondo del asunto está en las manos del competente. Se entiende que a falta de pronunciamiento de contrario el desahucio queda suspendido y esperamos que en su día se expresen sobre la nulidad del asiento registral de la hoja Z-2929 y la anulabilidad de los actos que devienen de ello. Por ser de Justicia que pido.

    ResponderEliminar